Atención con sus hijos: hombre llama a casas para hablar con niños

LA VOZ DE GOICOECHEA.-     Agentes del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) señalaron que tienen reportes de sujetos que llaman a casas para pedir comunicarse con menores de edades escolares y colegiales, sin embargo, confirmaron que aún no reciben una denuncia formal. 


“Se ha recibido información de que hay masculinos que llaman a las casas, piden hablar con los menores y como no logran el contacto con ellos, le solicitan información de los mismos a la persona que les atiende” detallaron desde el departamento de prensa del OIJ.

Pese a esos detalles, la policía judicial aclaró que para que un hecho así se pueda denunciar ante el OIJ debe de haberse configurado el delito. 

“Significa que el supuesto sujeto que llama a las casas, logre hablar con los menores de edad y les solicite intercambio de material audiovisual con carácter sexual o erótico” indicaron.

En ese caso, las autoridades recomiendan que si las llamadas son constantes los padres podrían presentar una denuncia ante el Juzgado Contravencional, pero por el hecho de las “Llamadas mortificantes”. 

En el Unidad de Delitos Sexuales del OIJ recomiendan a los padres seguir las siguientes recomendaciones: 

* No brindar ningún tipo de datos personales ni a personas adultas o menores que no conozcan. 

*Tener precaución con el uso de las redes sociales, con supervisión por parte de los padres de familia 

* No aceptar solicitudes de personas desconocidas, ya que utilizan perfiles falsos, con imágenes llamativas o haciéndose pasar por otros menores.

* No hablar con personas desconocidas, no mantenga conversaciones con ellas, finalice la llamada. 

* No tomarse fotografías a solicitud de ninguna persona, ni responder solicitud de envío de imágenes o fotografías. 

* Estar al pendiente de todas las comunicaciones que tienen los menores de edad, tanto por medios telefónicos como en las redes sociales. 

* Se les recomienda a los padres de familia estar en contacto con el centro educativo para dar seguimiento a comunicados oficiales del mismo y poder diferenciar cuando están siendo víctimas de obtención de información para otros fines.

Las autoridades explicaron que el artículo 167 bis del Código Penal, hace referencia al delito de Seducción o encuentros con menores por medios electrónicos, donde lo que se sanciona es: la comunicación por cualquier medio, de contenido sexual o erótico, ya sea que incluya imágenes, videos, textos o audios con una persona menor de 15 años o incapaz





Contáctanos

Reactions

Publicar un comentario

0 Comentarios