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Abogado gratuito para los procesos laborales es una de las novedades del Código de Trabajo

Siempre y cuando no se superen dos salarios base de ingreso

LA VOZ DE GOICOECHEA.- La Reforma Procesal Laboral, que entró en vigencia el 25 de julio anterior, dentro de los cambios que plantea destaca el derecho a tener un abogado gratuito para enfrentar un proceso laboral.

Pero para esto hay una serie de requisitos que se den de cumplir y los cuales Eric Briones, doctor en Derecho Laboral, explicó, para entender las ventajas de esta nueva normativa.

Lo primero que se debe tener claro es que: “Cualquier persona física, sea hombre o mujer, puede demandar dentro de una relación laboral, una empresa no puede ser trabajadora, porque no puede ser persona física”, dijo Briones.

Además hay restricciones en el tema de la edad, entre de los 15 años y los 18 años de edad.

“Uno tiene capacidad de trabajar sin necesidad de permiso ni del Ministerio de Trabajo ni del Patronato Nacional de la Infancia es a partir de los 15 años en adelante”, comentó Briones.

Eso sí, siendo mayor de 15 años, pero menor de 18 la ley establece algunas condiciones especiales, por ejemplo no pueden hacer trabajo nocturno ni tampoco jornada extraordinaria.No pueden trabajar en bares, o cuidando a otros menores de edad y en todos los casos deben de ganar igual que los mayores de edad, porque si no habrá discriminación”, indicó Briones.

Todas estas personas, gracias a la reforma, ahora tendrán el derecho a que el Estado les dé un abogado para que enfrenten el proceso laboral que se haya interpuesto.

“El cambio que se está dando es que siempre haya abogados en los procesos judiciales y es por eso que se crean abogados de la defensa pública, pero con ciertas restricciones, los que siempre van a tener abogado gratuito son los menores de edad, mujeres en periodo de lactancia o por discriminación”, explicó Briones.

De lo contrario, para poder optar por esta opción, es necesario que el trabajador no supere dos salarios base de un auxiliar judicial que en este momento son aproximadamente ¢850 mil mensuales.

En el caso de las mujeres embarazadas y de los menores de edad, el Patronato Nacional de la Infancia tiene que encargarse de facilitar un abogado

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