Posiciones Primera División

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En 8 días comienza el cobro de impuesto a sociedades

LA VOZ DE GOICOECHEA.-   El 1° de setiembre próximo reiniciará el cobro del nuevo Impuesto a las Personas Jurídicas, cuya recaudación, administración, fiscalización y cobro le corresponden al Ministerio de Hacienda, a partir de este año, según lo establece la Ley 9428, que crea este Impuesto.

Anteriormente este impuesto estuvo vigente, pero la Sala Constitucional lo declaró ilegal en el 2015. El tributo fue suspendido porque la Sala consideró que el trámite legislativo con el que se aprobó estuvo viciado, por eso debió regresar a la Asamblea Legislativa para ser aprobado de nuevo.

Los responsables de cumplir con esta obligación, deberán pagar el monto proporcional del impuesto desde el 1° de setiembre hasta el 31 de diciembre de 2017. Según el tipo de empresa, el monto anual del impuesto oscila entre un 15% y un 50% sobre el salario base (este año es de ¢426.200).

En enero del próximo año se deberá pagar el total correspondiente al periodo 2018, aplicando los mismos porcentajes sobre el salario base vigente para ese año.

Son contribuyentes de este impuesto todas las sociedades mercantiles, las sucursales de una sociedad extranjera o su representante y las empresas individuales de responsabilidad limitadas inscritas ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, incluye además las casas extranjeras, sociedad anónima, sociedad de responsabilidad limitada, sociedad en comandita, sociedad colectiva y empresas individuales de responsabilidad limitada.

Los contribuyentes pueden pagar este impuesto por conectividad bancaria, por medio del sitio web del banco correspondiente, o directamente en cajas y entidades autorizadas, indicando el número de identificación de la persona jurídica.

Quien no cumpla con el pago dentro de los 30 días naturales del mes de setiembre, deberá asumir los recargos y enfrentar la sanción correspondiente por morosidad en el pago.

Los recursos de este impuesto serán asignados al Ministerio de Seguridad Pública para financiar infraestructura física a las delegaciones policiales, compra y mantenimiento de equipo policial, atención a la seguridad ciudadana y combate a la delincuencia; al Ministerio de Justicia y Paz para financiar la Dirección General de Adaptación Social; y al Poder Judicial de la República para financiar el Organismo de Investigación Judicial en la atención del crimen organizado.

La ley establece la posibilidad de que las sociedades morosas paguen los periodos adeudados desde el 2012 al 2015, sin que por ello deban cancelar intereses o multas por un plazo. El plazo para esta amnistía regirá por tres meses, hasta el 1° de diciembre.





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