Posiciones Primera División

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Oficiales de tránsito pueden sancionar sin la presencia del conductor

LA VOZ DE GOICOECHEA.-   El lunes se publicó la reforma a la Ley de Tránsito aprobada el mes pasado en la Asamblea Legislativa, por lo que la Policía de Tránsito ya puede multar sin la presencia del conductor en casos como mal estacionamiento.

Además, a quienes se nieguen a realizarse la prueba de espiración de aire para determinar si la persona conduce bajo los efectos del alcohol se les multará.

La persona que se niegue a realizar la prueba de alcohol se le impondrá una multa de ¢306.850,21 y acumulará 6 puntos en la licencia (lo que lo obligará a llevar un curso de sensibilización y reeducación vial, el cual deberá ganar con una nota de 80, como mínimo. La licencia se le renovaría por 4 y no por 6 años).

El afectado podrá impugnar la sanción solicitando una segunda prueba en un laboratorio, por ejemplo, pero si la prueba sale positiva tendrá que pagar la multa así como la prueba de laboratorio.

Partes impersonales

Estacionar el carro en zona amarilla, frente a la cochera de un negocio, en las esquinas o tapando las rampas para personas con discapacidad podría salirle muy caro a los infractores.

Además de poder confeccionar partes con cámaras, desde hoy el infractor podría encontrarse una boleta en su parabrisas, o llevarse la sorpresa cuando vaya a pagar el marchamo de que se le hizo un parte impersonal (es decir, en su ausencia) por cometer faltas a la Ley de Tránsito.

Otros cambios

Otro de los cambios que entraron a regir es la prohibición del uso de la licencia B-1 para conducir motocicletas de bajo cilindraje.

Durán explicó que este cambio busca combatir la mortalidad de motociclistas en carretera, pues es el vehículo en el que más personas mueren, con 107 en el primer semestre del 2017 y 199 en todo el 2016. El año pasado se inscribieron 200 motos por día, como promedio.



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