Convenios de administración de bienes municipales en Goicoechea son un desorden

LA VOZ DE GOICOECHEA.- Así se desprende del Informe de Auditoría 006-2016, dado a conocer en oficio M.G.A.I 004-2017, de 3 de enero de 2017, dirigido a la Alcaldesa Municipal, Licda. Ana Lucia Madrigal Faerron, donde revela deficiencias con la administración de los bienes municipales a nivel comunal. 


El estudio lo que hace es verificar el cumplimiento al artículo 10 del “Reglamento de Administración, Uso y Funcionamiento de los Inmuebles e Instalaciones, Deportivas y Parques Públicos”, del cantón de Goicoechea. 

Las organizaciones indicadas en el artículo 4º anterior que administren inmuebles propiedad de la Municipalidad, deberán rendir semestralmente en los meses de Mayo y Noviembre respectivo, un informe contable y de administración sobre su gestión. Dichos informes se presentaran ante la Auditoría Municipal, la que dentro del término de dos meses contado a partir del recibo de dicho documento, rendirá un informe de resultados al Concejo. 

El incumplimiento injustificado de esta obligación, será causal de disolución del convenio de administración. 

Qué se examinó? 

Se verificó que las asociaciones, comités o grupos de vecinos que administren edificios, instalaciones deportivas o cualquier inmueble propiedad de la Municipalidad estén cumpliendo lo estipulado en el artículo 10 del reglamento indicado. 

También se revisaron los informes contables presentados con excepción de aquellas asociaciones, comités o grupos de vecinos que reciben sus recursos por parte de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad (DINADECO), además de los convenios por administración de bienes municipales. 


Qué se encontró? 

Ayer jueves 06 de julio se publicó la primera parte de este trabajo, hoy continuamos con la segunda entrega y esto es lo encontrado. 

El estudio determinó 4 convenios vigentes que carecen de la cláusula del artículo 10 del reglamento , en el que indica que deben rendir informes semestrales contables y de administración sobre su gestión, estos son, Fundación Michael Vásquez; Fundación Cristiana Vida Abundante; Grupos ICONO, S.A y Ministerio de Seguridad Pública. 

La falta de cuidado por parte de la administración al confeccionar y revisar los convenios suscritos con la asociaciones y grupos de vecinos, provocó que se omitiera dicha obligación. 

También se determinó que 8 contratos de administración, Unión Cantonal de Asociaciones de Desarrollo Comunal, Grupo ICONO, S.A; Asociación de Desarrollo Integral de Barrio San Gerardo y Santa Cecilia; Asociación de Desarrollo Integral de Purral Abajo; Asociación de Desarrollo Específica para la Administración del Parque Santa Cecilia; Asociación de Desarrollo Especifica Pro Mejoras Ciudadela la Mora de Ipís; Asociación de Desarrollo Especifica Pro Mejoras de Urbanización La Floresta de Ipís y Asociación de Vecinos Lomas de Tepeyac Etapa II, sus nombres no coinciden con los inscritos en el Registro Público. 

Existen 7 convenios que carecen de la autenticación de la Dirección Jurídica, de ellos 6 están vencidos y uno está vigente. Se encontraron 27 convenios de los cuales 23 están vigentes y cuatro vencidos, suscritos por la administración que carecen del sello del abogado en la autenticación del mismo. 

Se determinó la existencia de 2 convenios con número de cédula jurídica diferente a la asociación que suscribió el convenio, de estos, uno está vigente y otro vencido, además 4 convenios a los que no se les anotó el número de cédula jurídica correspondiente. 

Hay convenios con errores en los números de la finca y planos catastrados y dos que no se les anotó los números de la finca y planos, éstas son: 

Asociación de Desarrollo Específica Pro Mejoras de la Comunidad de Barrio Independencia, administra Salón Comunal, Parque Infantil y Gimnasio Multiusos; El Parque Infantil y Zona Verde de la Urbanización Bosques de Oriente; Asociación de Desarrollo Integral de Calle Blancos, administra la Zona Verde de la Urbanización El Progreso, esta tiene un plano que corresponde a una finca del distrito de San Francisco de Dos Ríos, San José. 

El convenio de la Asociación Pro Mejoras de Tepeyac, administra las Zonas Verdes de la Urbanización Tepeyac el convenio está vencido. No se anotó el número de finca, número de plano catastrado y número de cédula jurídica. 

La Asociación de Desarrollo Integral de Barrio San Gerardo y Santa Cecilia, administra el Salón Comunal, Gimnasio Multiuso, Cancha y Edificación, el convenio está vigente, pero el número de plano que se anotó no existe en el Registro Nacional. 

La Asociación de vecinos Conjunto Habitacional Vista del Valle Tres, administra Zona Verde y Terreno, Vistas del Valle Etapa 3, el convenio se suscribió con un número de una finca situada en el cantón de Alajuelita, distrito San Felipe. 

La Asociación de Desarrollo Especifica Pro Mejoras El Nazareno de Ipís, el convenio se encuentra vencido y no se le anotó el número de finca ni del plano catastrado. 

Existen 10 asociaciones que tienen bajo su administración activos sin que a la fecha se hayan suministrado el respectivo convenio, ellas son: 

Asociacion de Desarrollo El Progerso, Salón Comunal 

Asociación Vecinos La Lupita, Salón Comunal y Cancha Mutiuso 

Asociacion de Desarrollo Integral de San Francisco, Salón Comunal 

Asociación de Desarrollo Específica Pro Mejoras del La Flor y El Alto, Salón Comunal 

Junta de Vecinos de Urbanización de La Trinidad de Mozotal, Salón Comunal 

Asocación Beraca, Centro Diurno Adulto Mayor, Gimnasio Multiuso 

Asociación de Vecinos Unidos para el Desarrollo Integral de Mozotal, Salón Comunal 

Asociación de Vecinos Urbanización Asotex, Salón Comunal 

Asociación Urbanización El Valle, Salón Comunal 

Asociación de Desarrollo El Encanto I Etapa, Salón comunal 

Por ultimo la Asociación Junta Administrativa del Mercado Distrital de Ipís, que administraba el Parque de Juegos y Area Infantil desde julio de 2003; en el año 2011 la Comisión de Jurídicos del Concejo Municipal, dictaminó que la Alcaldesa Municipal iniciara el proceso de disolución del convenio por incumplimiento del mismo ya que ellos se habían comprometido a rendir informes cada tres meses al Concejo Municipal debidamente justificados y respaldados documentalmente.

El convenio suscrito por ellos en el año 2003 estipulaba que el incumplimento injustificado de esa obligación , seria causal de disolución del convenio de administración. Esa clausula fue incumplida a los pocos años de iniciar con la administración del bien municipal. 


Qué sigue? 

Se emitieron recomendaciones a la Alcaldesa Municipal, para que se girara instrucciones a las personas encargadas del área o proceso y los nombres y puestos de las mismas, a fin de que estas situaciones sean subsanadas. Para ese efecto se solicitó que en 15 días hábiles informara de las medidas adoptadas para cumplir con las recomendaciones emanadas en el informe. 

Al cierre de esta nota no habían enviado la información solicitada por este medio del cumplimiento de las recomendaciones solicitadas por la Auditoría Interna Municipal.



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