Posiciones Primera División

    1-  Asociación Liga Deportiva Alajuelense 29  -  2- Asociación Deportiva San Carlos  28  -  3- Club Sport Cartaginés 24  -  4-   Deportivo Saprissa  24  -  5- Club Sport Herediano 20 -  6-  Sporting San José 20  -  7-  Asociación Deportiva Guanacasteca y de la península de Nicoya 19  -  8-Asociación Deportiva Municipal Liberia  17  -  9- Asociación Deportiva Municipal Santa Ana F.C.  13  -  10- Asociación Deportiva Pérez Zeledón  12 -   11- Puntarenas Fútbol Club  8  -  12- Asociación Deportiva Santos  5  -    

Código de Trabajo se modificará más del 50%

LA VOZ DE GOICOECHEA.-   El 25 del julio entrará a regir la Reforma Procesal Laboral (RPL), que establece las responsabilidades y derechos de trabajadores y empleadores en materia laboral. Para muchos es considerada un nuevo Código de Trabajo debido a que más de 300 artículos del actual se modificaron.

Con dicha herramienta los trabajadores no tendrán que esperar entre 3 y 10 años para que sean resueltas sus demandas laborales por los tribunales de trabajo. Se estima que en adelante dichos procesos podrían durar menos de 2 años, aspecto que dará más seguridad jurídica tanto a empleadores como a empleados.

La RPL no deroga el Código de Trabajo sino que aclara una serie de aspectos y llena vacíos que no contemplaron en el documento cuando se redactó en 1943.

La RPL no varía las condiciones de trabajo de las personas, simplemente modifica los procesos. Reforma los procedimientos de cómo se resuelven, por ejemplo, las controversias laborales, pero las relaciones entre trabajador y patrono se mantienen exactamente igual.

Para el gobierno la Reforma Procesal Laboral es uno de sus principales hitos, porque se trata de la reforma laboral más trascendente y profunda que ha tenido el Código de Trabajo desde los años 40 cuando se emitió. Celebramos que se haya dado luego de un largo proceso de consenso y diálogo social en el país en el que estuvieron involucrados todas las partes. Creemos que es el camino que debe seguir el país en la resolución de sus grandes problemas.

Si bien es cierto la resolución alterna de conflictos laborales ya está contemplada en el tema de conciliación, ahora nosotros, desde el Ministerio de Trabajo vamos a tener un gran reto en el tema del arbitraje que es una competencia que no teníamos. Eso permitirá descongestionar un poco los tribunales laborales. En los arbitrajes se podrán dirimir conflictos tanto individuales como colectivos.

Los trabajadores van a poder acudir al Ministerio de Trabajo y no necesariamente a los Tribunales, para que un árbitro dirima el conflicto no tendrían que ir a pagar el costoso sistema judicial, sino que el árbitro les podrá resolver desde el Ministerio de Trabajo y este les podrá indicar lo que corresponda.

Lo más importante que debe saber una persona trabajadora, en el marco de la Reforma, es el artículo 404 que señala las causales de discriminación en el empleo que para mí es una de las variables más importantes, pues plantea que es prohibido todo acto de discriminación. Lo otro es la carta de despido, porque lo que dice el Código de Trabajo reformado es que la carta de despido se le debe decir al trabajador las razones por las cuales se le está despidiendo. Hay patronos que únicamente dicen en las cartas que es por reorganización, pero cuando del trabajador va a los juzgados de justicia y dice que no fue por esa razón, sino que por otra causa, entonces el patrono comienza a decir que el empleado llegó tarde, pero con la reforma se debe puntualizar las razones del despido.

Fuente: http://www.diarioextra.com/Noticia/detalle/337860/codigo-de-trabajo-se--modificara-mas-del-50


Contáctanos

Reactions

Publicar un comentario

0 Comentarios