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Tribunal Contencioso Administrativo, deniega medida cautelar a Presidente de la Asociación Pro Desarrollo de Vista de Mar

Martin Alvarez Vargas
LA VOZ DE GOICOECHEA.- El Tribunal Contencioso Administrativo, Sección Tercera, II Circuito Judicial de San José, resolvió este 23 de mayo, denegar la medida cautelar solicitada por el señor Martín Álvarez Vargas, Representante Legal de la Asociación Pro Desarrollo de Vista de Mar, en atención al recurso de apelación interpuesto contra el artículo 10 de la Sesión Extraordinaria número 06-16, celebrada por el Concejo Municipal de Goicoechea el 31 de marzo de 2016. 


El Concejo Municipal de Goicoechea, en la Sesión Extraordinaria número 06-16, celebrada en fecha 31 de marzo de 2016, artículo 10, acordó otorgar en administración a la Asociación de Desarrollo Especifica de Pro Construcción de Colegio Público y Mejoras Comunales de Vista de Mar, el inmueble en Salón Comunal y cancha ubicado frente a la Iglesia Vista de Mar en el distrito de Ipís de Goicoechea. 

El 17 de junio de 2016, el señor Álvarez Vargas, en condición de Presidente de Asociación Pro Desarrollo Vista de Mar, interpone recurso de revocatoria con apelación contra el citado artículo 10. 

El Concejo Municipal en la sesión ordinaria número 48-2016, celebrada el 28 de noviembre de 2016, acordó rechazar el recurso de apelación interpuesto y a la vez ordenó como medida cautelar que se le otorgara la administración provisional de los bienes municipales en cuestión a la Asociación de Desarrollo Especifica de Pro Construcción de Colegio Público y Mejoras Comunales de Vista de Mar hasta que se resuelva el recurso de apelación interpuesto. 

L a señora Alcaldesa Municipal en oficio AG086-2017, de 5 de enero de 2017, solicita a la Asociación Pro Desarrollo de Vista de Mar, entregar las llaves del inmueble municipal para dar cumplimiento a la medida cautelar emitida por el Concejo Municipal. 

El señor Álvarez Vargas, presenta el 22 de mayo ante el Tribunal Contencioso Administrativo, un nuevo escrito solicitando como medida cautelar la suspensión de los efectos del oficio AG-086-2017, de la alcaldía municipal. 

El Lic. Marco Antonio Hernández Vargas, Juez del El Tribunal Contencioso Administrativo, Sección Tercera, II Circuito Judicial de San José, resuelve el veintitrés de mayo de dos mil diecisiete, rechazar la medida cautelar solicitada por el señor Martin Álvarez Vargas; por lo que ahora le corresponderá entregar los bienes municipales a la Asociación de Desarrollo Especifica de Pro Construcción de Colegio Público y Mejoras Comunales de Vista de Mar. 



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