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Sala Constitucional detiene alza en servicios públicos

Sala Constitucional congela otra alza en los servicios públicos

Suspensión afecta incremento de entre 1% y 2% en electricidad debido a recurso de amparo que achaca a Aresep haber autorizado ajuste sin dar tiempo a recibir oposiciones

La Sala Constitucional detuvo un segundo aumento en servicios públicos, al frenar un alza de entre 1% y 2% en la electricidad, resultante del cálculo trimestral de gasto en combustible para generación térmica.

Esta es la segunda alza de la Aresep frenada por la Sala, luego de una intervención similar contra un alza en el agua.

El recurso lo planteó el diputado Mario Redondo Poveda, de la Alianza Democrática Cristiana, quien además interpuso otro recurso contra un 8% de subida en la luz. 


Así lo hizo al acoger un recurso de amparo contra el repunte, porque la agilidad del trámite habría prevenido oposiciones.


El 17 de marzo, la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) acordó, en la resolución RIE-019-2017, subir de 1% a 2% el recibo mensual de la luz en todo el país, por la aplicación de la metodología de cálculo variable combustible (CVC).

Ese método traslada a los consumidores el gasto en diésel o búnker que tuvo el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) para generación térmica.

Así, a partir de abril, un hogar que le compre servicios al ICE y consuma 200 kilovatios hora (kWh) al mes, pagaría unos ¢260 adicionales: el recibo pasaría de ¢14.275 a ¢14.535.

La modificación afectaría recibos de luz de ocho empresas proveedoras, con variaciones que oscilarían entre ¢110 y ¢260.

El expediente ET-015-2017 de la Aresep indica que en el último trimestre el ICE pagó ¢3.351 millones en la generación de 58,54 gigavatios térmicos.

Ese mismo día, 17 de marzo, Redondo interpuso su recurso donde solicita a los magistrados constitucionales declarar nula el alza, al considerar "muy corto" el plazo de tres días otorgado por la Autoridad para presentar oposiciones al alza.

Aresep emitió su decisión un viernes por la tarde y esta se publicó el miércoles 22 de la siguiente semana.

"Al incluir todas las empresas que ofrecen el servicio de distribución de electricidad, es irracional e ilegal el plazo entre la publicación de la convocatoria del expediente ET-015-2017 y la fecha de la audiencia, lo cual deja en estado de indefensión a los ciudadanos y empresas ", planteó el legislador ante la Sala Constitucional.Ese método traslada a los consumidores el gasto en diésel o búnker que tuvo el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) para generación térmica.


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